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Abogados de Visa E-2 en Austin

¿Qué son las Visas E-1 y E-2? Sirviendo al Área de Austin y San Antonio.

Las Visas de Comerciante del Tratado E-1 y las Visas de Inversionista del Tratado E-2 son muy similares y cada una permite que individuos o empleados de empresas ingresen a los Estados Unidos con el propósito de realizar negocios e invertir cantidades sustanciales de capital en un negocio estadounidense. Además de la cobertura del beneficiario principal clasificado como E-1 o E-2, el beneficiario puede ser acompañado o seguido por sus miembros familiares inmediatos, incluyendo y limitado al cónyuge del beneficiario e hijos solteros menores de 21 años de edad.

En Peek Law Group, nuestro equipo de abogados experimentados en visas E-2 de Austin y San Antonio puede ayudar a facilitar estos procedimientos complejos. Contáctenos hoy para comenzar.

Requisitos de Elegibilidad

Para calificar para la clasificación E-1, el comerciante del tratado debe:

  • Ser nacional de un país con el cual los Estados Unidos mantiene un tratado de comercio y navegación o con el cual los Estados Unidos mantiene un acuerdo internacional calificado, o que ha sido considerado un país calificado por legislación;
  • Llevar a cabo comercio sustancial; y
  • Realizar comercio principal entre los Estados Unidos y el país del tratado que calificó al comerciante del tratado para la clasificación E-1.

Para calificar para la clasificación E-2, el inversionista del tratado debe:

  • Ser nacional de un país de inversionista del tratado, según clasificación del Departamento de Estado de los Estados Unidos;
  • Invertir o haber invertido ya capital sustancial en una empresa de buena fe en los Estados Unidos; y
  • Buscar ingresar a los Estados Unidos únicamente para desarrollar y dirigir la empresa de inversión, como se demuestra al mostrar al menos 50% de propiedad de la empresa o posesión de control operacional a través de una posición gerencial u otro mecanismo corporativo.

Descripción General del Proceso

Solicitar Dentro de los Estados Unidos

Si un solicitante se encuentra legalmente dentro de los Estados Unidos, puede presentar el Formulario I-129 para solicitar un cambio de estatus a la clasificación E-1 o E-2.

Solicitar Desde Fuera de los Estados Unidos

Una solicitud para clasificación E-1 o E-2 no puede hacerse en el Formulario I-129 si se encuentra físicamente fuera de los Estados Unidos. Los solicitantes fuera de los Estados Unidos necesitarán pasar por un proceso de solicitud de visa. Hay varios pasos para solicitar una visa que pueden variar dependiendo de la embajada o consulado donde presente su solicitud.

Es importante completar su solicitud completa y correctamente y demostrar su elegibilidad de la manera más clara posible.

Elegibilidad de Cónyuges y Familia

Los cónyuges y/o hijos menores de 21 años pueden ser elegibles para la clasificación de no inmigrante E-1 o E-2.

Si los miembros familiares ya están en los Estados Unidos y buscan un cambio de estatus, pueden solicitar presentando un solo Formulario I-539 con una tarifa.

Los cónyuges de trabajadores E-1 y E-2 pueden solicitar autorización de trabajo presentando el Formulario I-765 con tarifa.

Los dependientes de los principales E-1 y E-2 no pueden solicitar autorización de trabajo en los Estados Unidos; sin embargo, los dependientes de ambos principales E-1 y E-2 pueden asistir a escuela, colegio o universidad.

¿Por Qué Peek Law Group?

Utilizando nuestro conocimiento profundo del programa de visa E-1, podemos ayudarle a preparar un plan de negocios que demuestre cómo su negocio claramente cumple con los requisitos del programa. No arriesgue obstáculos o retrasos innecesarios.

El equipo legal de Peek Law Group consiste en profesionales trabajadores y dedicados que han estado practicando por muchos años en derecho de inmigración. Tenemos abogados experimentados en visas E-2 de Austin y San Antonio que están bien versados en los procedimientos específicos en múltiples embajadas y consulados alrededor del mundo y pueden asistirle en comenzar sus relaciones comerciales con los Estados Unidos de inmediato.

¿Listo para comenzar su empresa estadounidense? Llame a Peek Law Group ahora al (210) 202-1986.

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